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DE ABRIL



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Confirman el fallo que suspendió los aumentos de gas en 2014

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la medida cautelar que frenó el aumento del gas natural de 2014, confirmando la competencia del Juzgado Federal de Dolores. Además, se rechazó el recurso de apelación de la Municipalidad de Dolores, que se había opuesto a la acumulación de procesos.





En un fallo por mayoría, firmado con fecha 15 de junio de 2016, la Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la medida cautelar que había otorgado el Juez Federal de Dolores, Dr. Alejo Ramos Padilla, donde se había suspendido el aumento de la tarifa del gas durante el año 2014. Asimismo, el tribunal de Alzada revocó la incompetencia que había dictado el Juez Federal de Dolores, confirmándose la misma en dicho Juzgado.

Dicha sentencia, recaída por acumulación en los autos “STEA FRANCISCO Y OTROS C/ ENARGAS Y OTRO S/ AMPARO” había sido presentado por un grupo de vecinos de Dolores, patrocinados por los Dres. Nancy Daniela Ruiz y Francisco Stea, abogados de la agrupación de nuestra ciudad “DOLORES 200”.

Asimismo, la Cámara de Apelaciones rechazó el recurso de apelación de la Municipalidad de Dolores, que se había opuesto a la acumulación de procesos.

Cabe recordar que los letrados Ruiz y Stea, miembros de la agrupación DOLORES 200, habían presentado junto a un grupo de vecinos un amparo por los aumentos desmedidos en la tarifa de gas durante el invierno del año 2014

Es dable destacar, que este fallo del Excelentísimo Tribunal de Apelación da un respiro a los excesivos aumentos tarifarios en el servicio de gas natural de este nuevo gobierno.

A continuación se transcribe el fallo firmado por los Dres. Giménez y Tazza de la Cámara Federal de Mar del Plata: “Mar del Plata, 15 de junio de 2016… EL TRIBUNAL RESUELVE (POR MAYORÍA DEL DOCTOR JIMENEZ Y EL DR TAZZA): Revocar la resolución atacada, en cuanto a la declaración de incompetencia del Juzgado Federal de Dolores y, en consecuencia, declarar la competencia de la Justicia Federal de Dolores.- Confirmar la medida cautelar dictada en autos, ello POR EL LAPSO DE DURACION TEMPORAL determinado por el aquo.- REGISTRESE. NOTIFIQUESE. DEVUELVASE




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